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   ¿QUIÉNES SOMOS? > ESTATUTOS > CAPÍTULO VIII
 
 
   

 

Artículo 39. El Presidente podrá contar con un Presidente Ejecutivo que lo auxilie en el desempeño de su cargo y que tendrá las siguientes funciones:

 

I. Ser el máximo responsable ejecutivo y administrativo de la Asociación, para lo cual será considerado órgano ejecutor del Presidente de la misma;

 

II. Ejecutar los acuerdos del Presidente de la Asociación, de su Comité de Asociados y de su Comité de Dirección;

 

III. Representar a la Asociación con facultades homólogas a las del Presidente, frente a los medios de comunicación, legisladores, autoridades, otras organizaciones gremiales y con la sociedad en general.  Lo anterior, de acuerdo con las instrucciones y modalidades que en su caso fijen el Presidente y/o el Comité de Dirección;

 

IV. Apoyar a los bancos asociados en problemáticas concretas que justifiquen la intervención de la Asociación, debiendo procurar en todo momento dirimir o, en su caso encausar -de manera ordenada y constructiva- los eventuales conflictos de interés que se presenten entre bancos o grupos de asociados;

 

V. Presentar al Comité de Dirección propuestas que ameriten el pronunciamiento de la Asociación respecto a asuntos o temas de interés gremial;

 

VI. Exponer y defender los pronunciamientos de la Asociación que le sean instruidos por el Presidente, ante autoridades, medios de comunicación, líderes de opinión y demás sectores de la sociedad;

 

VII. Dirigir y supervisar a los Presidentes de las Comisiones y al Director General, en la formulación del proyecto de Plan de Trabajo Anual que será sometido a la consideración y, en su caso, aprobación del Presidente y/o el Comité de Dirección;

 

VIII. Supervisar y coordinar los trabajos de los Presidentes de las Comisiones y del Director General a efecto de darles un seguimiento cotidiano, sin perjuicio del reporte esporádico que deberán rendir al Presidente y al Comité de Dirección, cuando éstos lo requieran;

 

IX. Participar en las sesiones del Comité de Dirección sólo con voz; y

 

X.  Realizar los demás actos y actividades que le sean encomendadas por el Presidente, el Comité de Dirección o el Comité de Asociados.